martes, 11 de agosto de 2009

Compañeros:

Compañeros:
A continuación les pasamos el proyecto de ley que apoya SADOP para la
jubilación docente. El mismo será presentado por el Diputado Rubeo en la
jornada de mañana. SADOP ha participado en su confección.
Estamos en contacto.
Martín

PROYECTO DE LEY:

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA



SANCIONA CON FUERZA DE LEY





Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 14 de la Ley Provincial N° 12.464,
modificada por Ley N° 12.829, que quedará redactado de la siguiente
manera:

"Artículo 14: Los afiliados docentes de todos los niveles y modalidades
del sistema educativo, podrán optar por obtener el beneficio de jubilación
ordinaria de conformidad a la presente ley, en los casos en que por
aplicación del artículo 76 de la ley Nº 6.915 y modificatorias, la Caja de
Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe sea caja otorgante
siempre que:

a) acrediten 25 años de servicios efectivos con desempeño directo al
frente de alumnos en establecimientos públicos o privados incorporados a
la enseñanza oficial

b) en caso de no encuadrarse en los términos del inciso anterior
acrediten 30 años de servicios docentes en establecimientos públicos o
privados incorporados a la enseñanza oficial